Qué documentos necesito para vender mi terreno en CABA (2026)

Respuesta corta: para vender un terreno en CABA necesitás tu DNI, la escritura, las boletas de ABL y AySA pagas y el certificado de estado parcelario que hace un agrimensor. Los informes de dominio, inhibición y catastro los pide el escribano. Desde 2025 ya no hace falta el COTI.
Los papeles que tenés que juntar vos
DNI vigente y CUIT/CUIL
De todos los titulares. Si el DNI está vencido, el escribano no puede firmar.
Escritura original (título)
La que está a tu nombre e inscripta en el Registro. Si no la encontrás, se pide una copia al escribano que la hizo.
Últimas boletas de ABL y AySA pagas
El inmueble tiene que estar sin deuda al día de la escritura. Si hay deuda, se descuenta del precio.
Certificado de Estado Parcelario (CEP)
Obligatorio en CABA desde 2023 para terrenos y casas (no para PH). Lo hace un agrimensor. Vale 2 años si el lote es baldío y 6 si está edificado.
Planos (si hay construcción)
Plano de obra registrado de lo que esté construido. Si vendés para demoler, igual conviene tenerlo a mano.
El CEP es el que más tarda: pedilo antes de publicar. Te contamos el costo en cuánto cobra un agrimensor.
Lo que pide el escribano
Informe de dominio
Confirma que sos el dueño y si hay hipotecas, embargos o usufructo.
Informe de inhibición
Confirma que no tenés impedimentos para vender tus bienes.
Certificado catastral
Identifica la parcela en la Ciudad y se cruza con el estado parcelario.
Libre deuda
Certifica que no hay deudas de ABL ni de agua al momento de firmar.
Los pide el escribano cerca de la firma, porque vencen rápido. Quién los paga se acuerda en el boleto.
Documentos según tu caso
Casado/a
Si el terreno se compró durante el matrimonio, tu cónyuge tiene que dar su conformidad.
- Asentimiento conyugal: tu cónyuge firma en la escritura o da un poder
- Acta de matrimonio si el escribano la pide
- Si estás divorciado/a: sentencia de divorcio y liquidación de bienes
Sucesión
Si el dueño falleció, primero tiene que estar la declaratoria de herederos. Se puede vender sin inscribir antes a los herederos.
- Declaratoria de herederos (o testamento aprobado)
- Autorización del juez para vender, o venta por tracto abreviado
- DNI y firma de todos los herederos (o poder)
- Si falta algún heredero, la venta se traba
Sociedad
Si el terreno está a nombre de una empresa, firma su representante con autorización.
- Estatuto y sus modificaciones, inscriptos
- Acta de directorio o asamblea que autoriza la venta
- DNI del firmante y su designación vigente
- Constancia de CUIT de la sociedad
Firma por poder
Si no podés firmar vos (por ejemplo, vivís afuera), firma otra persona con un poder.
- Poder especial para vender, hecho ante escribano
- Si se firmó en el exterior: apostillado o legalizado
- DNI del apoderado
Varios dueños
Si el terreno es de varias personas, firman todos o tienen que dar poder.
- DNI de todos los condóminos
- Asentimiento conyugal de cada uno, si corresponde
- Si alguno no quiere vender, cada uno puede vender solo su parte
Lo que ya no hace falta (y lo que sigue)
El código de oferta que había que pedir en AFIP antes de publicar. Se eliminó en 2025.
El impuesto a la transferencia para inmuebles comprados antes de 2018. Se derogó en 2024.
Sellos 3,5%
En CABA, en general mitad comprador y mitad vendedor. Un terreno no entra en la exención de vivienda única.
Para impuestos sobre la ganancia de la venta, consultá con tu contador: el tratamiento cambió en 2026 y depende de cuándo compraste y si sos persona o empresa.
En qué orden se usa cada papel
Si le vendés a un desarrollador, además va a mirar esto
- Zonificación y m² construibles. Es lo primero que calcula para hacerte una oferta. Mirá el tuyo en Código Urbanístico CABA.
- Medidas reales del lote. Si la mensura no coincide con la escritura, va a pedir que se regularice antes de firmar.
- Libre de ocupantes. Si hay inquilinos u ocupantes, el desarrollador va a pedir la desocupación a la firma.
- Sin protección patrimonial. Si la parcela está catalogada o en un APH, cambia todo el negocio.
¿Cuánto vale tu terreno hoy?
Antes de juntar papeles, sabé con qué precio salir. Cargá barrio, medidas y zonificación en el tasador y te damos un rango al instante.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si perdí la escritura?
Se pide un segundo testimonio a la escribanía que la hizo o, si cerró, al Colegio de Escribanos. Lleva unas semanas, así que pedilo antes de publicar.
¿Puedo vender un terreno que está en sucesión?
Sí, con la declaratoria de herederos y la autorización del juez. No hace falta inscribirlo primero a nombre de los herederos: se puede vender por tracto abreviado.
¿Quién paga los certificados?
El estado parcelario lo paga el vendedor. Los informes que pide el escribano se reparten según lo que se acuerde en el boleto.
¿Necesito el estado parcelario si vendo un departamento?
No. En CABA están exceptuados los inmuebles en propiedad horizontal. Sí hace falta para terrenos baldíos y casas.
